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Juez Jorge Luis Reséndiz Reyes aborda en El Arte de lo Bueno y lo Justo temas sobre herencias, seguros y donaciones

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Fuente: Cb Televisión / Michoacán / Redacción

Morelia, Michoacán, 1 de junio de 2026.- Las herencias, los seguros y la nulidad de donaciones fueron los temas abordados por el juez Jorge Luis Reséndiz Reyes, titular del Juzgado Cuarto Civil de Morelia, durante una nueva emisión del programa El Arte de lo Bueno y lo Justo, producido por el Poder Judicial de Michoacán en coordinación con el Sistema Michoacano de Radio y Televisión, espacio en el que explicó de manera clara diversos procedimientos y casos relacionados con la materia civil y su impacto en la vida cotidiana de las familias.

Durante el programa, el juzgador explicó que los juicios sucesorios pueden tramitarse por la vía jurisdiccional o ante notario, dependiendo de las circunstancias de cada caso. Señaló que cuando una persona fallece dejando testamento se trata de una sucesión testamentaria, mientras que cuando no existe ese documento, la ley determina quiénes tienen derecho a heredar conforme al parentesco, vínculo matrimonial o conyugal, en lo que se conoce como sucesión intestamentaria.

Indicó que este tipo de asuntos son de los más comunes en los órganos jurisdiccionales civiles y ejemplificó con casos en los que deben analizarse distintos tipos de relaciones familiares para determinar la distribución legal de la herencia y garantizar el respeto de derechos.

Asimismo, aclaró que una donación únicamente puede realizarse entre personas vivas, por lo que jurídicamente no es válido donar bienes “para después de la muerte”, ya que en esos casos lo procedente sería elaborar un testamento. Como ejemplo, mencionó el caso de una adulta mayor que pretendió donar su vivienda a una persona que la cuidó durante sus últimos años, mediante un contrato que surtiría efectos después de su fallecimiento; sin embargo, al no existir testamento ni parentesco legal, el acto no tuvo validez jurídica.

Respecto a la nulidad de las donaciones, explicó que la ley establece límites para proteger a las personas, especialmente a quienes se encuentran en condición de vulnerabilidad. Detalló que una donación puede anularse parcial o totalmente cuando la persona dona todos sus bienes y queda sin medios para subsistir o cuando existieron situaciones de engaño o abuso.

El juez también abordó el tema de la responsabilidad civil y la relevancia de conocer las coberturas y alcances de los seguros, particularmente los de daños a terceros. Explicó que este tipo de pólizas permiten responder económicamente por los daños y perjuicios ocasionados a otras personas, situación que frecuentemente llega a los juzgados civiles.

Entre los ejemplos expuestos, relató el caso de una persona adulta mayor que resultó lesionada al viajar en una unidad de transporte público. En dicho asunto, la aseguradora de la asociación de transportistas respondió por los daños ocasionados.

Con este tipo de contenidos, el Poder Judicial de Michoacán continúa fortaleciendo los espacios de difusión y acercamiento con la ciudadanía, a través de programas que permiten explicar de manera clara y accesible diversos temas jurídicos relacionados con la protección de derechos y el acceso a la justicia.

Este y otros episodios pueden consultarse a través de las plataformas digitales oficiales del Poder Judicial: https://youtu.be/wnrmmMYP6QE

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